Como ha quedado claro, ha sido clave la pregunta formulada por uno de los jueces de la Corte Internacional de Justicia, CIJ. El magistrado de origen marroquí, Mohamed Bennouna, ha pedido tanto a Perú como a Chile que aclaren si al firmarse los instrumentos de 1952-54 existían los fundamentos para las propuestas que hoy plantean. Esta interrogante es crucial y parece será la base de la sentencia que adoptará la CIJ.
La pregunta nos introduce a un campo que los historiadores conocemos bien, la cuestión del anacronismo. En efecto, los historiadores buscamos entender a la gente del pasado con los criterios imperantes en sus días. Los conceptos van cambiando y para comprender a la gente de ayer lo fundamental es devolverlos a su época, captando la naturaleza de las cosas en función a su contexto. Para este modo de razonar, el error proviene de juzgar los hechos con los criterios de hoy; peor aún, si se emplean las conveniencias actuales.
La CIJ quiere saber cuál de los dos países ha cometido anacronismo y el otro tendrá la razón jurídica. Así, los abogados han tenido que trabajar intensamente el fin de semana, porque de su respuesta dependerá el resultado. La clave ya no es refutar al otro, sino afinar la respuesta a la inquietud de la Corte.
Para el Perú, el argumento establece que, en 1952-54, no estaban en juego asuntos de límites y que los delegados presentes en ambas conferencias estaban convocados para hablar de otros temas.
El acuerdo de 1952, llamado “Declaración de Santiago”, es una proclama de tres países, Ecuador, Chile y el Perú, anunciando al mundo que su dominio marítimo se extiende hasta las 200 millas. ¿Qué estaba ocurriendo?
Luego de la II Guerra Mundial, empezando por los EE.UU., varios países habían reclamado soberanía sobre las riquezas contenidas en sus mares, hasta donde alcance la plataforma continental. Pero, en la costa pacífica de Sudamérica, la plataforma continental es estrecha, porque cerca se hallan grandes grietas, y apenas alcanza 60-90 millas. Por esa razón, cuando primero Chile y luego el Perú, en 1947, hicieron su resolución de soberanía sobre el mar adyacente a sus costas, habían precisado la cifra mágica de 200 millas.
En 1952, Chile y el Perú sumaron al Ecuador y para incorporarlo al club firmaron una resolución tipo proclama. Esa es la “Declaración de Santiago” de 1952. Nada más ni nada menos. Tres pequeños países de un rincón del mundo anuncian de forma solemne que su soberanía se extiende hasta las 200 millas.
Luego, en 1954 los tres países se reunieron en Lima y el título del evento expresa su contenido. Se llamó “Conferencia sobre explotación y conservación de las riquezas marítimas del Pacífico Sur.” Es decir, en ese encuentro, los delegados estaban convocados para asuntos de preservación y no de límites.
El medio ambiente era el tema, muy a la moda de nuestros días, y con cincuenta años de antelación, porque había un problema concreto. Los mares del mundo estaban siendo depredados por flotas pesqueras que sobreexplotaban recursos a diestra y siniestra. Bajo el gobierno de Manuel Odría, la armada peruana detuvo a la flota del armador griego Aristóteles Onassis y la trajo a puerto, obligándola a pagar una multa antes de reemprender viaje.
Así, el abogado del Perú ha mostrado que estas circunstancias hacen que los instrumentos jurídicos de 1952-54 no sean tratados de límites. Pero, nunca se debe menospreciar la respuesta de la otra parte. Uno de sus ex cancilleres ya adelantó la opinión que escucharemos este viernes. Miguel Schweitzer informó que Chile planteará que en esa época no existía el concepto de “equidad”, que hoy emplea el Perú para pedir la línea equidistante. Según su parecer, entonces el mar se medía en paralelos y meridianos y los acuerdos de límites marítimos se establecían en base a esos parámetros.
En efecto, Chile no se quedará sin palabras y dependerá de los jueces apreciar la seriedad de los argumentos. Cuando se acerque la sentencia volverá a calentarse este tema.
Fuente: La República (12/12/2012)