Lee la columna escrita por nuestra investigadora principal, Roxana Barrantes, para Jugo de Caigua ► https://bit.ly/3Q18qYi
La semana pasada participé en un conversatorio sobre la reciente publicación de Andrés Calderón, que explica de manera sencilla y entretenida el capítulo económico de la Constitución peruana de 1993.
El libro se titula Verdades y Mitos de la Constitución Económica de 1993 y ha sido publicado por Penguin Random House en su sello Debate para contribuir a la discusión vigente sobre si necesitamos o no una nueva constitución, aunque intuyo que, probablemente, lo que este debate refleje es lo que Latinobarómetro señala desde hace tiempo: nuestra gran insatisfacción con el funcionamiento de las instituciones. Queremos que algo cambie, no estamos demasiado contentos con la situación actual y, por diferentes motivos, la gran polarización hace difícil que intercambiemos opiniones y lleguemos a acuerdos. Como diría Lavoe, predomina una voluntad de “quítate tú, pa’ ponerme yo” que, dicho sea de paso, constituye un fenómeno mundial en el que no se reconoce la escala de grises.
Pero volvamos a lo que ha logrado Calderón con su libro.
Andrés nos explica que los artículos del título económico de la Constitución de 1993 dan cuenta de reglas para el funcionamiento de los mercados y que, desde un punto de vista democrático y de libertad individual, es razonable que haya libertad de empresa, pero también es razonable tener un Estado que controle todos aquellos excesos de la libertad de empresa. Los siete capítulos enfatizan asuntos fundamentales, como la importancia de la iniciativa privada, los monopolios y la protección del consumidor, la propiedad y los tributos, entre otros. Lo resaltante, me parece, es que a la par de sus explicaciones con palabras sencillas, el autor trata de derribar mitos, los mismos que se muestran desglosados con su respuesta respectiva a partir de la interpretación del texto constitucional.
De manera similar, el autor ha hecho un trabajo muy interesante al explicar algunas de las consecuencias de los preceptos constitucionales a partir de sentencias del Tribunal Constitucional. En este ejercicio alcanza a comentar una de las últimas —y quizá de las más perniciosas para nuestra estabilidad macroeconómica— sobre la capacidad de los legisladores para tener iniciativa de gasto. En mi humilde opinión, esa sentencia no hace más que reflejar que necesitamos darle más formación económica y mecanismos de formulación de presupuesto público a todos los abogados del Perú, particularmente en cuanto al horizonte multianual del ejercicio de hacer presupuestos.
Dicho esto, obviamente, estas líneas son una invitación a que usted lea el texto, a que lo recomiende si es docente de cualquier nivel —sea escolar o superior— y más aún si es un economista que trabaja temas de políticas públicas: la lectura es muy amena a la par que interesante.
Pero el debate sobre nuestra Constitución y la economía se enriquece también con el reciente libro de Waldo Mendoza, Constitución y crecimiento económico: Perú 1993-2021, publicado bajo el sello del Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, cuya reseña pueden encontrar aquí. En él, Mendoza realiza un análisis institucional que combina los datos de desempeño macroeconómico de varios países de la región con la presencia —o no— en sus constituciones de reglas económicas críticas, como la santidad de los contratos o la llamada por él “la regla madre”, contenida en el artículo 78, que impide al Banco Central de Reserva prestarle al Poder Ejecutivo para financiar el presupuesto público. Junto con ese análisis, Mendoza realiza un ejercicio econométrico interesante para atribuir a la Constitución del 93 la causa del gran desempeño económico del Perú hasta 2014.
Como ven, insumos no nos faltan para debatir con conocimiento sobre este tema que levanta pasiones.