Los investigadores principales del IEP, Marisa Remy y Antonio Zapata, fueron consultados por la revista PODER para analizar el debate generado a partir de la resolución del Tribunal Constitucional sobre el pago de los bonos de la reforma agraria. Aunque pocos cuestionan que el Estado debe pagar a los expropiados, algunos difieren en la forma de hacerlo, y al tratarse de un tema con muchas aristas, el contexto histórico cobra mucha importancia.
Para el historiador Antonio Zapata, el tema parte con la llegada de los españoles, que trajeron consigo enfermedades que provocaron una violenta reducción en la población local. “Los indios iban disminuyendo en número e iban quedando tierras libres. Esas tierras se sacaron a remate. A esto se llamaba composición de tierras”, señala. Luego, a los indígenas dispersos se les concentró en determinados pueblos (las famosas reducciones) para poder tener mayor control político y económico sobre ellos durante el Virreinato. Esto implicó la asignación de tierras. “Las tierras de comunidad que asignaron los virreyes no eran malas. Entonces empezó una batalla entre las haciendas y las comunidades por expandirse a costa de las tierras de estas últimas», añade el historiador.
Zapata explica que con la República se genera un vacío legal y por medio de un decreto, Simón Bolívar anula la figura de comunidad campesina. “No es que las comunidades desaparecen. Las declararon abolidas legalmente, pero siguieron ahí. Durante el siglo XIX, mientras duró el decreto de Bolívar, las comunidades no tuvieron posibilidad legal de funcionar. No tenían representación legal”, afirma. Esto permitió la expansión de tierras de las haciendas a costa de las comunidades.
Por su parte, la socióloga Marisa Remy detalla un caso sucedido en Cusco que estudió a profundidad: el de la famosa hacienda Sillque. Ella señala que ésta llegó a tener 200.000 hectáreas para cuando ocurrió la Reforma Agraria de Velasco. “La hacienda se había ‘tragado’ el nevado Salkantay, para poder agarrar hasta las tierras de indios que estaban al otro lado. Fue una cosa voraz”, dice. Como esos, al menos se conocen veinte casos en Cusco, según Remy. La socióloga también hace referencia a la investigación de Nils Jacobsen titulada «Ilusiones de la transición: el altiplano peruano 1780-1930», en la que se profundizan, entre otros cosas, los procesos de despojo y formación de tierras en la provincia de Azángaro, en Puno. En dicho estudio, Jacobsen dice: “Sería incorrecto hablar de un mercado de tierras en el altiplano alrededor de 1900 (…). En la mayoría de los casos, una escritura de venta notarial, que pretendía ser un contrato entre dos actores libres e iguales, en realidad reflejaba una vieja relación de dependencia o, peor aún, un hecho consumado basado en el engaño o la violencia”.
Sobre la zona norte del Perú y la costa peruana en general, Zapata afirma que legalmente no hubo despojo de tierras campesinas por parte de hacendados. “En algunos casos fue el abuso del poderoso para comprar al pequeño y mediano usando todas las argucias que el mercado te da”, señala y luego añade que “quien sufre una situación así puede juzgar que es un despojo, aunque haya sido una compra-venta y haya registro notarial”. A pesar de todo lo antes descrito, no existe un registro claro o un estudio que determine qué parte de las tierras que forman parte de los Bonos de la Reforma Agraria han sido producto de despojos. Pero se sabe de reclamos por parte de campesinos por el acceso a la tierra. “A nadie le ha interesado seguir con exactitud el proceso”, concluye el historiador.
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Fuente y foto: Revista PODER